ASOCIARSE

CAPITULO IV. De los socios y socias.

Artículo 6. (Condiciones)

Para ser socio o socia de la Cooperativa se requiere:

a)        Ser persona física con la edad mínima exigida por el orden jurídico vigente para la realización del tipo de artes, oficios o trabajo requerido.

b)        Solicitar por escrito al Consejo Directivo el ingreso a la Cooperativa, declarando conocer y aceptar su Estatuto.

c)         Que sean necesarios los servicios de su competencia.

d)        Demostrar capacidad, aptitud o pericia, para el tipo de arte u oficio que dice poseer.

e)        Tener buenas condiciones morales y éticas.

f)         Suscribir e integrar, como mínimo, una parte social al contado.

g)        No tener intereses contrarios a la Cooperativa.

h)        Adherir al Objeto que se establece en el presente Estatuto Social.

i)          Aceptar y comprometerse a cumplir los Reglamentos y las Resoluciones aprobados por Asamblea.

El Consejo Directivo resolverá sobre cada solicitud de admisión dentro de un plazo no mayor de 60 días corridos de presentada, y en caso de no pronunciarse dentro de dicho plazo se tendrá por denegada. Podrá denegar la solicitud en caso de que el aspirante no cumpla con las condiciones de admisión, o por estar colmada la posibilidad de trabajo de la cooperativa.-

Esta FICHA debe ser impresa y completada en puño y letra, no completadas digitalmente.

Enviarla escaneda a mutua.uy@gmail.com