REGLAMENTO

REGLAMENTO DE LA Mutua Artes y Oficios Cooperativa de Trabajo

  1. Una vez recibida la solicitud de ingreso a nuestra Cooperativa, se dispone de un plazo de 30 días para comenzar a integrar las Partes Sociales detalladas en el Estatuto Social.
  2. Si en el mencionado plazo no se comienza a integrar las Partes Sociales, la solicitud será rechazada, debiendo realizar una nueva solicitud.
  3. La integración de Partes Sociales se podrá realizar mediante transferencia bancaria o pago en dinero, y con el aporte del 0,1 % del monto líquido de cada haber recibido.
  4. Dicho aporte del 0,1 % de los haberes líquidos percibidos, se descontará de todos los trabajos facturados por medio de nuestra Cooperativa, en el momento del pago de los mismos.
  5. Para ser socio activo o socia activa de nuestra Cooperativa, se necesita haber integrado un mínimo de una de las Partes Sociales y tener una antigüedad de 5 años en los Padrones Sociales.
  6. Como medida transitoria a partir de la aprobación de este reglamento, se consideran socios y socias activos a aquellos que hubiesen ingresado antes del 31 de diciembre del 2025.
  7. Cuando egrese un socio o socia sin importar el causal, deberá solicitar formalmente la devolución de las Partes Sociales integradas hasta el momento. Dicha devolución se comenzará como máximo a partir de los 90 días de la solicitud, en las mismas cantidades y plazos en las cuales fueron integradas.
  8. Todos los créditos que no hayan sido reclamados en el período de dos ejercicios fiscales, serán imputados al Fondo de promoción de actividades culturales.
  9. Texto de la Declaración Jurada a ser incluida en la Solicitud de Asociación a nuestra Cooperativa:

Al enviar esta Solicitud declaro bajo juramento que conozco y que acepto el Estatuto Social de la misma (https://mutua.coop/estatutos/), y de tener cabal conocimiento de los derechos y obligaciones que de ellos se desprenden.

                Gracias a mi condición de socio/a de la Mutua Artes y Oficios Cooperativa de Trabajo, facturaré mis servicios a terceros clientes, como trabajador/a independiente, fuera de la relación de dependencia, autorizando expresamente a la Mutua Artes y Oficios Cooperativa de Trabajo a cobrar los mismos y retener de ellos los aportes personales, aportes patronales, SNIS, Fonasa, FRL y aportes cooperativos estatutarios correspondientes, entendiendo y aceptando que el pago de dicha liquidación comprende todos los rubros exigibles, incluido los haberes o salarios, cuota parte de medio aguinaldo, salario vacacional y licencia no gozada, montos que fueron acordados por mí con los clientes directamente, aceptando los mismos como el pago total por mis servicios y declarando no tener ningún reclamo por conceptos salariales o de pago, en la liquidación correspondiente a cada factura cobrada. Declarando también conocer que no tengo derecho a ningún tipo de indemnización ni por despido ni por otro concepto (Art. 102 de la Ley 18407).

                También declaro bajo juramento que no existe ningún tipo de relación de dependencia ni de subordinación con la Mutua Artes y Oficios Cooperativa de Trabajo ni con los clientes que contratan mis servicios, los que se detallan en cada factura correspondiente.

                Comprendo que la presente declaración se realiza bajo juramento, quedando comprendida en las disposiciones previstas en el Art. 240 del Código Penal.

Art. 240 del Código Penal: (Falsificación o alteración de un documento privado) El que hiciere un documento privado falso, o alterare uno verdadero, será castigado, cuando hiciere uso de él, con doce meses de prisión a cinco años de penitenciaría.

Aprobado por la Asamblea General Ordinaria del 19 de marzo de 2025.